EL AYUNTAMIENTO DE BILBAO CREA UNA BOLSA DE PROYECTOS CULTURALES Y CREATIVOS

PRESENTACIÓN

La crisis sanitaria generada por la COVID-19 está suponiendo un importantísimo reto global que, además de la dimensión sanitaria, tiene una fortísima incidencia a nivel social y económico. Todas las ciudades y regiones del mundo afrontamos un escenario incierto en lo que respecta a la actividad económica y a su traslación al empleo y a otras muy diversas problemáticas sociales. 

En los años 2020 y 2021 todos los grupos políticos del Ayuntamiento de Bilbao aprobaron los planes Bilbao Aurrera 2020 y 2021, un conjunto de medidas para la Cohesión Social, la Reactivación Económica y del Empleo y la Cultura de Bilbao. 

Atendiendo a la situación actual dada la evolución de la Covid-19, se plantea el Plan Bilbao 2022: 21 medidas contra los efectos del Covid (en adelante, Plan Bilbao 2022), una propuesta consolidada de medidas para la reactivación social, económica y cultural de Bilbao para 2022, con el objetivo de no dejar a nadie atrás. 

Esta convocatoria para la selección de proyectos culturales y creativos se enmarca dentro de dicho Plan Bilbao 2022. Se refiere, en concreto, al tercer ámbito de los señalados en el paquete de medidas, al de las industrias culturales y creativas, un sector muy importante en términos de desarrollo social y económico y que contribuye de manera notable a la dinamización cultural de la Villa, pero que presenta una realidad de un sector conformado por personas autónomas, pymes, microempresas y asociaciones que puede sufrir de forma muy especial las consecuencias generadas por esta pandemia.

Con base en lo expuesto y para apoyar al sector en esta complicada coyuntura, la Junta de Gobierno, en su sesión de 16 de febrero de 2022, aprueba las presentes “Bases de la convocatoria para la selección de los proyectos culturales y creativos a ejecutar por el Ayuntamiento de Bilbao dentro del Plan Bilbao 2022”.

Bases de la convocatoria para la selección de los proyectos culturales y creativos a ejecutar por el Ayuntamiento de Bilbao dentro del Plan Bilbao 2022

1 Objeto y fines de la convocatoria para la selección de  proyectos

Con el objeto de promover la actividad cultural en Bilbao y paliar los efectos de la COVID-19 en los agentes del sector cultural y creativo de la Villa, se lanza la convocatoria Plan Bilbao 2022 para la selección de proyectos. 

Esta convocatoria tiene como fin principal recoger propuestas de profesionales autónomos, empresas u otro tipo de entidades del sector cultural y creativo con sede social en el municipio de Bilbao, que se incorporarán a la programación de actividades culturales de la Villa a lo largo de 2022.

De cara a llegar a la máxima diversidad de agentes posibles y de generar el mayor número de actividades, se establecen diversas categorías de proyectos, sin que la aportación municipal supere en ningún caso el tope previsto para los contratos menores. Con cargo a la convocatoria se seleccionarán un máximo de 30 proyectos, con la dotación que se señala en el Punto 3.

2. Características de la Bolsa

El presupuesto total de la convocatoria de proyectos Plan Bilbao 2022 es de 397.727 €. 

Se seleccionarán un total de 30 proyectos, divididos en las siguientes categorías:

  • Categoría A: 7 proyectos de 5.000 €
  • Categoría B: 10 proyectos de 10.000 € 
  • Categoría C: 13 proyectos de 14.900 € 

El importe concedido será exactamente el correspondiente a cada categoría, no siendo posible el reconocimiento de cantidades intermedias o diferentes a las señaladas.

El importe del proyecto incluirá todo tipo de gastos o costes, salvo el IVA, que se abonará al profesional, empresa o entidad beneficiaria, conforme al tipo impositivo que corresponda.

En caso de no haberse presentado suficientes proyectos en alguna de las categorías, o de no valorarse de suficiente calidad los presentados, se podrá acumular el dinero disponible a otra categoría, por lo que el número máximo de proyectos seleccionados podría cambiar, no sobrepasándose en ningún caso el presupuesto total de la convocatoria (397.727 €).

El órgano competente para la selección de los proyectos será una Comisión de Valoración presidida por el Concejal de Cultura del Ayuntamiento de Bilbao e integrada además por el Director del Área de Cultura y el Director de Bilbao Ekintza o personas en las que deleguen, actuando como secretario con voz pero sin voto un técnico o técnica del Área de Cultura. En función del volumen de proyectos recibidos y de cara a facilitar su trabajo, la Comisión de Valoración podrá encargar informes previos a técnicos o técnicas del Área de Cultura o de Bilbao Ekintza, sin que tales informes se entiendan como vinculantes.

3. Características de los proyectos a presentar 

Los proyectos culturales y creativos que se presenten habrán de contribuir a generar propuestas que enriquezcan la programación y la vida cultural de Bilbao.

Los proyectos se tendrán que desarrollar en el año 2022.

Se admiten proyectos de cualquier sector cultural y creativo. A los efectos de la presente convocatoria, y siguiendo las clasificaciones habitualmente utilizadas por el Observatorio Vasco de la Cultura, se considerarán incluidas en los sectores cultural y creativo las actividades relacionadas a continuación:

    • Arquitectura
    • Artes escénicas
    • Artes visuales
    • Artesanía
    • Audiovisual
    • Contenidos digitales
    • Diseño
    • Edición
    • Industrias de la lengua
    • Moda
    • Música
    • Patrimonio y folklore
    • Publicidad y marketing
    • Servicios de articulación (educación artística, mediación, organización y producción de eventos, consultoría y gestión cultural,…)
    • Videojuegos
    • Actividades culturales transversales

Los proyectos deberán contemplar en su presupuesto la ejecución íntegra de la actividad, incluyendo honorarios propios, gastos de personal contratado, subcontrataciones, gastos de producción, alquiler de espacios, publicidad, etc.

El presupuesto debe coincidir con el importe de la Categoría a la que se opta. Los proyectos cuyo presupuesto sea superior a dicho importe deberán acreditar que cuentan con la financiación complementaria necesaria.

Todos los proyectos deberán estar adaptados a la situación sanitaria del momento, garantizando el cumplimiento de la normativa vigente y en concreto de todas las medidas de seguridad necesarias para hacer frente a la Covid-19 (aforos, distancia interpersonal, límites de agrupamiento de personas, horarios, etc.).

4. Quién puede presentar proyectos

Podrán presentar proyectos a la convocatoria Plan Bilbao 2022 todas aquellas personas físicas o jurídicas, representativas de los sectores cultural y creativo de Bilbao (tal como se han listado en el Punto 4), que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que actúen como autónomos/as o a través de pymes, micropymes, asociaciones o fundaciones. 
  • Que tengan la sede social o el domicilio fiscal en el municipio de Bilbao.
  • Que tengan plena capacidad de obrar.
  • Que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones de contratar recogidas en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
  • Que posean la solvencia adecuada para la realización del proyecto, siendo suficiente para su acreditación la justificación de la realización, en el curso de los últimos tres años, de un proyecto de igual o similar naturaleza, de importe igual o superior, al presentado para su selección en la convocatoria.
  • Tratándose de personas jurídicas, que la realización del proyecto esté comprendida dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
  • Que estén dadas de alta en el IAE.
  • Que estén al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

No podrán presentar proyectos a la Bolsa del Plan Bilbao 2022 las administraciones, sociedades públicas y entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.

No podrán concurrir con el mismo proyecto solicitantes que cuenten con una subvención nominativa del Área de Cultura del Ayuntamiento de Bilbao en 2022. Si desean optar a la Bolsa, deberán hacerlo con un proyecto distinto al ya subvencionado.

A los efectos de la presente Bolsa, se atenderá a la definición de Pequeña Empresa (Pyme) según el Reglamento 651/2014 de la Comisión Europea.

Cada solicitante podrá presentar un único proyecto a la convocatoria. Deberá elegir a qué categoría opta (A, B, o C).

5. Plazo y modo de presentación de proyectos y documentación

Los proyectos se podrán presentar hasta el 18 de marzo de 2022. 

Los proyectos, con la documentación que se especifica en el Punto 7, se presentarán por correo electrónico en la siguiente dirección: [email protected]

Los proyectos podrán enviarse en euskera o castellano.

Una vez presentados los proyectos, las comunicaciones y notificaciones que se deban realizar a los y las participantes se efectuarán por correo electrónico.

6. Documentación a presentar

La solicitud de incorporación a la  convocatoria se formulará rellenando tres Anexos (descargables en las webs www.bilbao.eus o www.bilbaokultura.eus ):

  • Anexo I: Ficha de solicitud, que irá firmada por el o la solicitante o, en su caso, el o la representante legal de la entidad.
  • Anexo II: Datos del proyecto.
  • Anexo III: Declaración responsable del cumplimiento de todos los requisitos para optar a la convocatoria.

A estos tres Anexos se acompañará la documentación administrativa que acredite la sede social o domicilio fiscal en Bilbao.

7. El proyecto (Anexo II)

El proyecto se cumplimentará de forma obligatoria en el modelo digital que figura en el Anexo II (descargable en las mismas webs), y que obliga a cumplimentar los siguientes ítems:

  • Categoría a la que se opta (A, B, o C).
  • Información de la trayectoria/experiencia de la empresa, entidad o profesional autónomo que presenta el proyecto.
  • Descripción del proyecto que se quiere incorporar a la convocatoria, que, para facilitar su evaluación, deberá contener, por este orden, la información correspondiente a los siguientes epígrafes:
    1. Denominación del proyecto
    2. Descripción 
    3. Objetivos
    4. Lugares en los que se llevará a cabo el proyecto y acreditación, en su caso, de que se cuenta con el visto bueno de los gestores de los espacios que se proponen.
    5. Medios materiales y técnicos necesarios para desarrollar el proyecto.
    6. Calendario. 
    7. Impacto previsto: público al que se dirige (descripción del tipo de público y estimación del número de personas a las que llegará el proyecto), impacto previsto en medios de comunicación y redes sociales, impacto económico previsto en la Villa.
    8. Fomento del uso del euskera.
    9. Presupuesto detallado y desglosado del proyecto en sus correspondientes partidas, materializado a través de la “Ficha de presupuesto” del Anexo II (que corresponde a los Datos del Proyecto).

En el Anexo II se indican la tipografía, interlineado y extensión máxima para su cumplimentación. Dichas indicaciones son de obligado cumplimiento.

Los o las solicitantes podrán adjuntar información complementaria si consideran que es relevante para el proyecto (textos, imágenes, planos, etc.), que ocupe un máximo de 15 páginas.

8. Admisión de solicitudes y subsanación de deficiencias

La Comisión de Valoración de los proyectos verificará que las solicitudes cumplen los requisitos e indicaciones recogidas en la convocatoria y, en caso de detectar documentación defectuosa o incompleta, requerirá del solicitante la subsanación de la misma, en un plazo de 10 días naturales.

Si en ese plazo no se subsanan las deficiencias, se desestimará la solicitud sin más trámite. 

9. Criterios de valoración que regirán la selección de los proyectos

Para la selección de los proyectos, la Comisión de Valoración evaluará los siguientes indicadores y criterios: 

  • Calidad, interés, viabilidad, innovación del proyecto y adecuación del presupuesto a las prestaciones ofertadas: hasta 60 puntos.
  • Impacto previsto (público, visibilidad, impacto económico en la Villa): hasta 30 puntos.
  • Contribución al fomento del uso euskera: hasta 10 puntos.

10. Causas de exclusión

La Comisión de Valoración podrá excluir de la convocatoria proyectos presentados a la misma cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Aquellos presentados por personas o entidades que no cumplan los requisitos establecidos en la cláusula cuarta de la convocatoria.
  • Aquellos cuyo objeto se considere que se aparta del ámbito cultural o creativo o que lo aborda de forma tangencial.
  • Aquellos cuyo presupuesto no contemple la realización íntegra de la actividad o sea superior al del importe de la Categoría a la que se opta, de forma que para llevarse a cabo fuera necesario que el Ayuntamiento tuviera que realizar cualquier otro tipo de gasto añadido, o que dependa de financiación complementaria de otras entidades que no esté convenientemente acreditada.
  • Aquellos que en la valoración del apartado “Calidad, interés, viabilidad e innovación del proyecto y adecuación del presupuesto a las prestaciones ofertadas” obtengan una puntuación inferior a 30 puntos.

11. Selección de proyectos y notificación

La Comisión de Valoración emitirá un informe que concrete el resultado de la evaluación realizada, aplicando los criterios que se señalan en el artículo anterior y proponiendo los proyectos a seleccionar.

Ese informe se publicará en la página web www.bilbao.eus  

La Comisión de Valoración propondrá una relación nominal de suplentes en cada categoría en previsión de que algún proyecto seleccionado no pudiera realizarse, bien por renuncia, bien por cualquier otro motivo.

El plazo máximo para que la Comisión de Valoración realice la propuesta de selección de proyectos será de un mes y medio, a contar desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

En todo caso, la relación de proyectos seleccionados se notificará personalmente a los y las solicitantes a través de correo electrónico. 

En la notificación de la resolución, se indicará al seleccionado que debe entregar en un plazo de 20 días hábiles la siguiente documentación:

  • Copia del NIF de la Entidad o del DNI en caso de personas físicas.
  • Copia de los Estatutos de la Entidad legalmente habilitados y el certificado de su inscripción, en el caso de entidades.
  • Certificado de estar dado de alta en el IAE.
  • Acreditación de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Acreditación de la solvencia, siendo suficiente la justificación de la realización, en el curso de los últimos tres años, de un proyecto de igual o similar naturaleza, de importe igual o superior, al presentado para su selección en la convocatoria, indicando la persona o entidad para la que se ha realizado el proyecto.

Si de la documentación presentada resultara comprobado el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la presente convocatoria, se dejará sin efecto la selección del proyecto del que se trate. En este caso, así como en el de renuncia por parte de la persona o entidad seleccionada, la Comisión de Valoración podrá acordar, sin necesidad de una nueva convocatoria, la selección del siguiente proyecto de la relación nominal de suplentes de la categoría correspondiente. 

Se podrá declarar desierta la convocatoria de forma parcial o total.

12. Adjudicación del contrato

Con carácter previo a la adjudicación del contrato, se acordarán las fechas y la ubicación definitiva de los proyectos con las personas o entidades cuyos proyectos hayan resultado seleccionados. Cumplido este trámite, el Ayuntamiento procederá a la adjudicación del contrato, con arreglo a la tramitación que corresponde a los contratos menores.

A la finalización del proyecto el adjudicatario deberá presentar memoria y balance económico del mismo. Posteriormente se presentará la factura, que deberá ser electrónica, y el Ayuntamiento procederá al pago.